¿Sabes cuántos vecinos tienen que estar de acuerdo para instalar placas solares?, ¿Sabes cómo se distribuyen los costes? En este artículo te contamos los puntos más interesantes de la instalación de paneles fotovoltaicos en tu comunidad de vecinos.
Estamos viviendo un «boom» en el autoconsumo de energía fotovoltaica, pues cada vez es más frecuente ver casas unifamiliares con placas solares en los tejados, pero ¿qué pasa con las comunidades de vecinos? Aunque para muchos todavía resulta desconocido o no conocen las nuevas normativas, cada vez resulta más sencillo poder hacer una instalación conjunta en edificios de pisos.
¿En qué consiste el autoconsumo colectivo?
Una de las primeras preguntas que suelen surgir es cómo funciona la instalación de placas solares en una comunidad propietarios. Social Energy, una empresa social dedicada a la venta e instalación de paneles solares, describe en su web cómo el autoconsumo colectivo es igual que el individual en cuanto al funcionamiento de las placas solares: éstas captan la luz del sol y la transforman en electricidad, el regulador de carga la almacena y la batería la libera para ser transformada a través del inversor en corriente alterna. En el caso de que esté complementada con la red eléctrica convencional pasa directamente al conversor para satisfacer la demanda de electricidad.
Ahora bien, pongámonos en el caso de que no todos los vecinos han aportado dinero para la instalación de las placas solares, la electricidad obtenida será distribuida entre aquellos que lo hayan financiado o en base al acuerdo al que se haya llegado previamente. Para ello, cada uno de estos vecinos estaría conectado directamente a las placas solares y no las placas a la red eléctrica.
¿Y si no se consume toda la energía?
El sol suele tener una mayor incidencia en las horas del mediodía, por lo que son a esas horas donde se suele producir más electricidad. Dado que muchos vecinos se encuentran fuera en ese horario, es normal que surja la pregunta ¿qué ocurre con toda esa energía?
Lo importante es que sepas que esa energía no se pierde, si no que se vierte a la red de electricidad. En base al acuerdo económico que hayáis llegado con la compañía elegida, tendréis una «compensaciaón de excedentes» que permite recibir una compensación económica de la factura mensual, por tanto, que te pueda salir algo más barata pero nunca a coste cero (pagos de impuestos, etc.).
¿Todos los vecinos han de estar de acuerdo?
Durante el año se cambió la Ley de Propiedad Horizontal y, actualmente, es más fácil poder realizar una instalación de sistemas de autoconsumo. La mayoría necesaria varía si se trata de una instalación para uso común o si es para cada vecino.
Instalaciones de uso común
Las instalaciones para uso común serían aquellas que cubren gastos como el ascensor, escalera, garaje, zonas comunes… Se requerirá el voto favorable de la mayoría simple de los propietarios, que representen también la mayoría simple de las cuotas de participación, a condición de que el coste no ha de superar 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes (ya descontadas las ayudas y subvenciones, aplicada la financiación).
Los propietarios ausentes a la junta, siempre habiendo sido informados, suman como votos a favor siempre que no se hayan opuesto en un plazo de 30 días.
Los propietarios que estén en contra, no podrán participar de la instalación posteriormente.
Instalaciones de uso privativo
En este caso se trata de una instalación de placas solares en una comunidad vecinos destinada a cubrir los gastos que los vecinos hacen en sus hogares.
Para este tipo de instalación solo es necesario el voto favorable de un tercio de la comunidad de vecinos que sea, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.
Los vecinos que estén en contra no pagarán ningún coste de instalación ni de cambios de infraestructura ni del mantenimiento.